martes, 7 de junio de 2016

Proceso de Verificación Contenido Neto

  • Si un informe de verificación del contenido neto real del producto preenvasado/preempacado demuestra que el producto no cumple con los requisitos metrológicos establecidos en el presente Reglamento, el INEN envía una comunicación oficial de advertencia al fabricante, estableciendo un plazo máximo de treinta (30) días para que mejore su capacidad de proceso y presente al Servicio Ecuatoriano de Normalización la evidencia del cumplimiento del producto preenvasado/preempacado con este Reglamento. 
  • Concluido este plazo el INEN volverá a realizar una nueva verificación del contenido neto real, sin previo aviso.
  • Si después del cumplimiento del plazo máximo de treinta (30) días, demuestra que el mismo producto continúa sin cumplir los requisitos metrológicos establecidos en el presente Reglamento Técnico, el INEN remitirá el informe  correspondiente a la Autoridad Nacional Competente de Vigilancia y Control. (Subsecretaría deCalidad del MIPRO).

¿Cómo se desarrollará el proceso de verificación?

  1. Se identifica el lote de producción, homogéneo, misma fecha de producción
  2. Identificar la muestra seleccionada según los criterios descritos en el RTE INEN 284
  3. Verificación de las balanzas, antes de iniciar el proceso se demostrara que las balanzas están pesando bien.
  4. Verificación de la tara o empaque, se define el número de unidades a tomar para el peso promedio
  5. Verificación de cantidad de unidades, objetivo verificar el contenido neto anunciado
  6. Realizar cálculos y se identifica las tolerancias aplicar
  7. Identificar producto no conforme o si no lo hay de acuerdo a los 3 criterios de aceptación.
  8. Lectura, revisión y firma del acta de Inspección
Ejemplo: 


Si se tiene un lote de 500 unidades, de acuerdo a las tablas de muestreo del reglamento se muestrea 50 unidades a estas unidades realizamos la verificación de contenido neto:
Para poder aceptar o rechazar el lote se aplica 3 criterios de aceptación las cuales son:

  A.  Que el contenido neto promedio de las 50 unidades sea mayor o igual a lo declarado por el fabricante. 

  B.  Que de las 50 unidades muestreadas solo debe permitirse  máximo un número de unidades fuera de tolerancia como indica la tabla del reglamento. En este caso solo permite 3 unidades. 

  C.  Que de las 50 unidades, ninguna unidad debe presentar un error T2.   

     Productos a ser verificados
    
Grupo #1 
  • Harinas
  • Snacks
  • Fideos
  • Alimentos para mascotas  

Por capacidad de pesaje de las balanzas de verificación, el INEN solo podrá realizará inspecciones en productos hasta 12 kg valor aceptable  de peso de productos que la mayoría de consumidores adquiere sus productos. 
Previo el inicio de cualquier inspección el  MIPRO levanta las PROVIDENCIAS respectivas el cual da la legalidad sobre lo que se va a realizar. 









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